Cuarenta años después del Decreto 4: mirando hacia atrás y hacia adelante
Abstract
Agbonkhianmeghe E. Orobator SJ reflexiona: Al repasar la larga trayectoria de la inspiración y la implementación del Decreto 4, recuerdo las palabras del papa Francisco a los delegados de la CG 36. Declaró que el enfoque jesuita consistía en crear procesos en lugar de ocupar espacios. Este enfoque captura en esencia el valor atemporal del Decreto 4: no señaló un acontecimiento, sino que creó un proceso que sigue inspirando, animando y desafiando la misión de la Compañía universal. Los lugares donde las realidades contemporáneas desafían nuestra misión como jesuitas no han hecho más que expandirse desde la promulgación del Decreto 4. El mundo sigue agitado por la confusión, más que nunca. La brecha entre ricos y pobres es tan amplia que su existencia parece normal. Abundan las guerras y los rumores de guerras. Y el destino de la Tierra, nuestro hogar común, sigue siendo precario, ya que el cambio climático distorsiona y perturba el equilibrio entre la ecología natural y la humana. Todo ello subraya la relevancia contemporánea del Decreto 4. Como escribí en este breve ensayo: «El Decreto cuatro sirve como gramática básica que sustenta la articulación de la vida y la misión jesuitas en el siglo XXI». Los retos contemporáneos exigen a los jesuitas y a las instituciones jesuitas aprender esta gramática con mayor profundidad y articular su mensaje profético con mayor fluidez.
Tal vez parezca presuntuoso por mi parte escribir sobre la recepción e implementación del Decreto 4 (“El servicio de la fe y la promoción de la justicia”) de la Congregación General 32. Tenía ocho años cuando la CG 32 promulgó el Decreto 4 y no ingresé en la Compañía de Jesús hasta once años después de que este decreto entró en vigor como la formulación clara y definitiva de la misión actual de la Compañía de Jesús.
Echando la vista atrás a los momentos iniciales de mi vida como jesuita, mi primer encuentro con el Decreto 4 tuvo lugar en el contexto esterilizado de la formación como novicio. El encuentro consistió esencialmente en una lectura superficial del texto y en un comentario de pasada sobre su significado e implicaciones. Ni la lectura ni el comentario captaron ni transmitieron el espíritu radical del decreto. Ambos estaban alejados de la realidad vivida que había informado su formulación y promulgación. Incluso cuando la muerte de los mártires de la UCA en El Salvador –tres años después de que yo ingresara en el noviciado– sacudió la conciencia de la Compañía haciéndo presente el sangriento coste de la opción por un “servicio de la fe del que la promoción de la justicia constituye una exigencia absoluta” (n. 2), tales sucesos me parecieron lejanos y excepcionales, a pesar de la convicción de numerosos jesuitas de que la tragedia de la UCA era un inevitable efecto colateral del compromiso de la Compañía con la fe que obra la justicia. Aunque la historia posterior –incluso tan reciente como el brutal asesinato del padre Frans Van der Lugt, SJ, en la desgarrada Siria– ha corroborado esa convicción, el pensamiento y las acciones de mis compañeros jesuitas de entonces no brillaban con el fuego o el espíritu del Decreto 4. La retórica emotiva y el llamamiento entusiasta de este sonaban con frecuencia más como tintineos y eslóganes que como una llamada de trompeta a la fe vivida a través de la justicia.
Recuerdo una comunidad de inserción de corta vida en el centro de la famosa barriada pobre de Kybera, prácticamente contigua al teologado jesuita en Nairobi, Kenia. Estaba formada por unos cuantos escolares que vivían en medio de los empobrecidos habitantes del suburbio mientras estudiaban teología. Aunque fue celebrada como una manifestación concreta de la opción preferencial por los pobres –elemento constitutivo del Decreto 4– no consiguió impresionar a muchos de mis compañeros jesuitas, para quienes la teología era más especulativa que práctica. Como prueba del éxito meramente nominal de esa comunidad de inserción experimental, su cierre apenas suscitó murmullos de protesta o de lamento entre los estudiantes y profesores de teología. Durante un considerable periodo de tiempo, poco –por no decir nada– cambió en la forma en que el decreto fue recibido e implementado por los jesuitas de mi generación.
Con los comentarios anteriores no pretendo sugerir que el Decreto 4 no tuviera repercusión en África. Antes bien, existe una trayectoria de comprensión, un proceso de reconocimiento y pruebas diversas de la puesta en práctica de los principios del Decreto 4. A riesgo de generalizar, creo que África ha tenido que echar la vista atrás para descubrir el mensaje central y las implicaciones prácticas del Decreto 4 para la vida y el ministerio apostólicos de los jesuitas. Bajo esta mirada retrospectiva, el decreto en cuestión parece menos un suceso perteneciente a un pasado remoto y cada vez más borroso, que un proceso de despliegue que incesantemente revigoriza y cuestiona la autenticidad y orientación de la vida y el ministerio de los jesuitas tanto ahora como en el futuro. De este modo, entendido como un proceso con historia y no exclusivamente como un evento en la historia –por muy fundamental que pueda haber sido–, el Decreto 4 puso en marcha una cadena de eventos que configuraron y definieron el paisaje del apostolado social y la misión de la Compañía en África. Los siguientes tres ejemplos sirven para ilustrar la influencia y el perdurable legado del Decreto 4 en la Compañía en África.
Para comenzar, desde 1975 hasta ahora los jesuitas han iniciado a lo largo y ancho del continente africano y sus islas una variedad de apostolados y ministerios sociales, diversamente denominados “Fe y Justicia”, “Justicia y Paz”, “Desarrollo y Paz”, “Derechos Humanos y Justicia”… Con independencia de la nomenclatura y de la variedad de permutaciones y combinaciones, los intereses de estos apostolados son tan dispares como acuciantes los asuntos que abordan. La lista incluiría la incidencia –advocacy–dirigida por jesuitas en demanda de una gestión equitativa y justa de los recursos naturales en el Chad y en la República Democrática del Congo, por la reforma constitucional en Zambia y Kenia, por la paz y reconciliación en Sudán del Sur y Kenia y por la educación cívica y política en Zimbabue y Costa de Marfil. A esto hay que añadir una serie de temas relacionados: ecología, gobernanza, derechos humanos, género y corrupción.
En segundo lugar, además de estos centros para la incidencia y la acción, un fenómeno relacionado pero distinto es la aparición de instituciones dedicadas a la investigación y reflexión sobre fe y justicia, dos asuntos que van de la mano. Estas instituciones combinan la ética teológica con los métodos, análisis e investigaciones de las ciencias sociales con el fin de crear un amplio corpus de reflexión sobre fe y justicia. Los resultados de esta investigación y este análisis –difundidos a través de una variedad de plataformas, como conferencias, talleres, seminarios, coloquios y publicaciones– aportan una perspectiva singular acerca de los asuntos socioeconómicos y políticos que afectan al continente. Hay que señalar que tales enfoques derivan y se alimentan de los valores de la doctrina social de la Iglesia, así como de los principios, directrices y criterios enumerados en el Decreto 4, tal y como han sido pulidos y reinterpretados a lo largo de las últimas cuatro décadas por las sucesivas Congregaciones Generales. Dos ejemplos me vienen aquí a la mente: el Instituto Hekima de Estudios sobre Paz y Relaciones Internacionales (Hekima Institute of Peace Studies and International Relations, HIPSIR) de Nairobi, Kenia, y el Centro de Investigación y Acción por la Paz (Centre de Recherhe et d” Action pour la Paix, CERAP) de Abiyán, Costa de Marfil. Al igual que los centros a los que me he referido en el párrafo anterior, estas instituciones educativas se distinguen por estar creando una red de colaboración con otras instituciones interesadas en cuestiones éticas globales y en cómo afectan a las comunidades locales. En esencia, ambos modelos de apostolado social pueden ser caracterizados como organizaciones de la sociedad civil basadas en la fe e inspiradas por el Decreto 4.
Un tercer ejemplo concierne a iniciativas que buscan integrar elementos del servicio de la fe y la promoción de la justicia en el ministerio jesuita. En la actualidad se da comúnmente por supuesto que el compromiso jesuita en favor de la justicia no debería operar en paralelo a –ni contrarrestar– otros apostolados y obras de la Compañía. En escuelas, parroquias y centros de espiritualidad de toda África y Madagascar existen numerosos programas que persiguen realizar los ideales del Decreto 4 a través de proyectos de acercamiento a comunidades marginadas, así como de reapropiación de la espiritualidad ignaciana, atención a las dificultades de los oprimidos y mejora efectiva de la condición de los pobres, los desplazados y los enfermos.
En África no hay precisamente escasez de asuntos que subrayen la relevancia contemporánea del Decreto 4. Una breve lista incluiría los conflictos violentos, las tensiones étnicas, el déficit de liderazgo, la pésima gobernanza, la violencia sectaria y la intolerancia religiosa. Estos temas siguen distorsionando la dignidad y valía de los hombres y mujeres del continente. A la luz de estos retos, es necesario subrayar dos puntos como crítica de la recepción e implementación del Decreto 4 en África.
Primero, aunque me costaría ofrecer pruebas empíricas fehacientes en apoyo de esta afirmación, hay una fuerte percepción de que la justicia social tiende a ser abordada desde una perspectiva predominantemente teórica e intelectual. Con esta observación no pretendo sugerir que este enfoque no sea válido, sino más bien que es limitado; de ahí la necesidad de mantener un equilibrio constructivo entre la teoría y la praxis a la hora de actualizar la misión del servicio de la fe y la promoción de la justicia.
Segundo, retomando algo que ya he señalado anteriormente, las comunidades de inserción que parecían ser el sello distintivo de la implementación del Decreto 4 han desaparecido casi por completo. Aquí existe el peligro de perder el ancla crítica de la autenticidad y radicalidad de este decreto, a saber, el principio de la opción preferencial por los pobres, oprimidos y marginados que se expresa en actos concretos de solidaridad con ellos. El P. Adolfo Nicolás sj alertó sobre esta realidad en su informe De Statude julio de 2012.
En suma, una evaluación ponderada de las cuatro décadas de promulgación e implementación del Decreto 4 debería tener en cuenta los desarrollos analizados en este breve ensayo como ejemplos de resultados históricos, contextuales y prácticos de la formulación pionera de la misión de la Compañía que llevó a cabo la CG 32. Al igual que en el resto de la Compañía de Jesús, el Decreto 4 también ha tenido su cuota de mártires y descontentos en África.
Hace poco conocí a un jesuita africano que se presentó orgullosamente a sí mismo como un “hombre del Decreto 4”, con lo que quería decir que los ideales y objetivos del decreto inspiraron su vocación a la Compañía de Jesús. Estoy convencido de que el ímpetu y el impulso generado por el Decreto 4 continúan espoleando la vida y los ministerios de los jesuitas en el continente, aunque las formas de entenderlo y expresarlo hayan evolucionado a lo largo de las cuatro décadas de su existencia. El Decreto 4 funge de gramática básica que afianza la articulación de la vida y la misión de la Compañía en el siglo XXI. Para usar una metáfora gráfica de la CG 35, cuarenta años más tarde, quizá la mejor manera de entender y apreciar el Decreto 4 sería verlo como un fuego que ha encendido otros fuegos.
Original inglés
Traducción José M. Lozano-Gotor